El pasado 3 de abril de 2.025 entró en vigor la LO 1/2025, norma que tiene como objetivo mejorar el Servicio Público de Justicia.

Entre otras muchas novedades, a partir de esa fecha si tienes algún asunto civil o mercantil (Familia, herencia, contratos, reclamación económica…) casi con toda seguridad tendrás que acudir a un intento previo de alcanzar un acuerdo con la otra parte. La ley llama Medios Adecuados de Solución de Conflictos a todos aquellos que sirven para resolver un problema sin necesidad de acudir a juicio: mediación, arbitraje, conciliación, entre otros. De esta manera, para ir a juicio se exige que previamente se haya intentado alcanzar un acuerdo.

Es algo que los profesionales del Derecho venimos haciendo desde siempre, ya que como dice el refrán: «Más vale un mal acuerdo que un buen pleito». Con la diferencia de que ahora si presentamos una demanda tenemos que demostrar que antes al menos hemos intentado resolver el caso fuera del juzgado.

Esta nueva exigencia tiene su parte buena, ya que si conseguimos alcanzar un acuerdo satisfactorio podemos ahorrar mucho tiempo ya que los procedimientos judiciales suelen eternizarse. Por otra parte, si no es posible alcanzar un acuerdo puede alargar un poco más el procedimiento. Por este motivo es muy importante que los ciudadanos estén bien asesorados por Abogados que conozcan las normas y que estén actualizados. El mundo del Derecho está en constante cambio, y es necesario llevar a cabo cada paso correctamente para conseguir el mejor resultado posible.