¿Es posible retirarse antes de la edad ordinaria sin perder derechos en tu pensión? La respuesta es sí. En España, la normativa de la Seguridad Social permite la jubilación anticipada a los 56 años con el 100% de la pensión para trabajadores que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 45%, siempre que esta derive de patologías específicas.

Sin embargo, el éxito de la solicitud reside en la acreditación médica y el cumplimiento de los tiempos de cotización.


Requisitos para acceder a la jubilación anticipada

Para solicitar esta modalidad, no solo cuenta la edad. Es necesario cumplir tres pilares fundamentales:

  1. Grado de discapacidad: Tener reconocido un 45% o más.
  2. Periodo de cotización: Haber cotizado al menos 15 años (de los cuales, al menos 5 deben haberse realizado con la discapacidad ya reconocida o con la dolencia ya manifestada).
  3. Patología listada: La discapacidad debe ser consecuencia directa de alguna de las dolencias que verás a continuación.

Listado completo de enfermedades que permiten la jubilación a los 56 años

A continuación, detallamos todas las circunstancias y patologías recogidas por la ley para acceder a este derecho:

A) Discapacidad intelectual y del desarrollo

  • Discapacidad intelectual.
  • Parálisis cerebral.
  • Trastornos del espectro autista.

B) Anomalías genéticas

  1. Síndrome de Down.
  2. Síndrome de Prader Willi.
  3. Síndrome X frágil.
  4. Osteogénesis imperfecta.
  5. Acondroplasia.
  6. Fibrosis Quística.
  7. Enfermedad de Wilson.

C) Enfermedades neurológicas y motoras

  • Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA).
  • Esclerosis múltiple.
  • Leucodistrofias.
  • Síndrome de Tourette.
  • Lesión medular traumática.
  • Secuelas de polio o síndrome postpolio.
  • Anomalías congénitas secundarias a la Talidomida.

D) Daño cerebral adquirido

  • Traumatismo craneoencefálico.
  • Secuelas de tumores del Sistema Nervioso Central (SNC), infecciones o intoxicaciones.

E) Enfermedad mental

  • Esquizofrenia.
  • Trastorno bipolar.

¿Por qué es vital el asesoramiento legal en este proceso?

Aunque la ley establece este derecho, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) suele ser muy riguroso con la documentación. Como abogados especialistas, detectamos habitualmente tres problemas:

  • Informes médicos incompletos: La documentación debe vincular claramente la patología con la reducción de la esperanza de vida.
  • Certificación del grado: No basta con tener la discapacidad; hay que acreditar cuándo se alcanzó el 45% para el cómputo de los años cotizados.
  • Denegaciones por forma: Muchos clientes llegan al despacho tras una primera negativa administrativa que se podría haber evitado con una solicitud bien planteada.

Recuerda: Desde la reforma de 2023, los trámites se han simplificado ligeramente, pero la carga de la prueba sigue recayendo en el trabajador. Un estudio profesional previo y el asesoramiento durante el proceso te ayudará a conseguir adelantar la edad de jubilación más fácilmente.


¿Dudas con tu caso particular?

Si padeces alguna de estas enfermedades y te acercas a los 56 años, es el momento de preparar tu expediente para asegurar una jubilación digna y sin sorpresas.

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